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Reagrupación y familia

Hay tres caminos según quién sea tu familiar en España: un extranjero residente, un ciudadano español o un ciudadano de otro país de la Unión Europea.

Vivienda adecuadaMedios económicosTasa 790-052

Vías posibles

Traer o regularizar a tu familia

Reagrupación familiar

Si ya tienes residencia renovable: cónyuge o pareja, hijos y, en ciertos casos, ascendientes.

Familiar de persona española

Autorización propia para cónyuge, pareja, hijos y ascendientes a cargo de un español.

Tarjeta de familiar de ciudadano UE

Para familiares de ciudadanos de otros países de la UE, EEE o Suiza.

Reagrupación familiar

  • Para extranjeros con residencia renovada o de larga duración
  • Cónyuge o pareja, hijos y, en ciertos casos, ascendientes a cargo
  • Informe de vivienda adecuada y medios económicos referidos al IPREM
  • Concedida la autorización, el familiar pide el visado en su consulado

Familiar de persona española

  • Autorización de residencia para cónyuge o pareja, hijos y ascendientes a cargo
  • Se regula en el Reglamento de Extranjería desde mayo de 2025
  • Duración de 5 años y permite trabajar

Familiar de ciudadano de la UE

  • Para familiares de ciudadanos de otros países de la UE, el EEE o Suiza
  • Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión
  • Duración de 5 años

Cuéntanos tu caso. Te decimos qué vía tienes.

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